
Un juez federal ha rechazado de manera preliminar la solicitud presentada por quince alguaciles de diversos condados del estado de Nueva York, quienes buscaban suspender temporalmente la legislación estatal que restringe la cooperación de las fuerzas de seguridad locales con las autoridades migratorias federales.
La demanda presentada por los alguaciles pretendía permitir la firma de acuerdos especiales con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, conocidos ampliamente como convenios 287(g), los cuales facultan a los agentes locales para ejercer funciones de control migratorio en sus jurisdicciones.
Con esta determinación judicial, las autoridades locales deberán mantener su apego a las leyes estatales vigentes mientras el litigio sobre la constitucionalidad de la norma continúe su trámite legal.
El fallo representa una victoria significativa para las políticas de protección a inmigrantes implementadas por el gobierno estatal de Nueva York, conocidas colectivamente dentro del marco de jurisdicciones santuario.
Para la comunidad migrante, la resolución confirma que las oficinas de los alguaciles en esos quince condados no podrán destinar personal, infraestructura ni recursos públicos locales para investigar el estatus legal de los detenidos ni para facilitar arrestos por motivos exclusivamente migratorios.
Asimismo, se mantiene la prohibición de prolongar la detención de personas en las cárceles de los condados basándose únicamente en solicitudes administrativas u órdenes de arresto emitidas por agentes de inmigración federales.
Sin embargo, defensores de los derechos de los inmigrantes y expertos legales señalan que esta decisión no otorga una protección absoluta frente a los procedimientos de deportación dentro de la entidad. Las agencias federales como el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas conservan la facultad plena para llevar a cabo operativos, investigaciones y detenciones de manera independiente dentro de todo el territorio neoyorquino.
La medida judicial solo limita el auxilio de las fuerzas policiales locales, por lo que el panorama legal definitivo para ambas partes quedará sujeto a la sentencia final que emita el tribunal al concluir el juicio sobre el fondo de la controversia.